¿Qué gastos del alquiler no debes asumir como inquilino?

Descubre los gastos que no debemos asumir como inquilinos. Así es como debes proteger tus derechos.

Descubre los gastos que no debes asumir siendo inquilino de una vivienda

En el mundo del alquiler de viviendas, a menudo surgen dudas y malentendidos en torno a quién debe asumir ciertos gastos: ¿el propietario o el inquilino? Esta ambigüedad puede llevar a situaciones incómodas y disputas innecesarias entre ambas partes. La normativa establece claras directrices sobre qué gastos deben ser cubiertos por el arrendador y cuáles por el arrendatario. Sin embargo, todavía existen creencias erróneas y prácticas desinformadas que pueden conducir a que los inquilinos asuman cargas económicas que, en realidad, no les corresponden.

Es esencial que, antes de firmar cualquier contrato de alquiler, ambas partes estén bien informadas y tengan claridad sobre sus respectivas responsabilidades. Un contrato equitativo y transparente no solo protege los derechos de los inquilinos, sino que también garantiza una relación armoniosa entre el arrendador y el arrendatario. A pesar de que algunas cláusulas pueden variar dependiendo del acuerdo entre las partes, hay ciertos gastos sobre la vivienda que, por normativa, nunca deberían recaer sobre los hombros del inquilino. A continuación, vamos a desentrañar esos costes y brindamos una guía para evitar sorpresas inesperadas y desagradables.

Gastos que un inquilino no debe asumir y que te interesa conocer

A menos que se especifique lo contrario en el contrato, por regla general, el propietario es quien debe cubrir los gastos de comunidad. Esto incluye los costos derivados de la limpieza, iluminación de zonas comunes, o mantenimiento del ascensor, entre otros. Los servicios básicos como el agua, la luz o el gas, aunque suelen ser pagados por el inquilino, los recibos deben estar a su nombre, y no es correcto que el propietario imponga tarifas adicionales.

gastos del alquiler
Estos son los gastos que tienes derecho a no asumir sobre la vivienda de alquiler en la que vives

Las reparaciones o reformas que se deben hacer en la vivienda debido al desgaste o deterioro por el paso del tiempo (y no por un mal uso por parte del inquilino) deben ser asumidas por el propietario. Esto incluye problemas en la estructura del inmueble, filtraciones, o problemas en las instalaciones básicas. Por otro lado, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y la tasa de basuras, entre otros, son gastos que corresponden al propietario de la vivienda. Si bien es posible pactar que el inquilino asuma el IBI, es importante que quede claramente estipulado en el contrato de alquiler.

Si el propietario decide contratar a una agencia inmobiliaria para gestionar el alquiler, es él quien debe asumir los honorarios del profesional, a menos que se acuerde lo contrario. Si un electrodoméstico de la vivienda, que ya existía cuando el inquilino entró, se estropea por causas naturales o desgaste, corresponde al propietario reemplazarlo o repararlo. Mientras que el inquilino puede (y a menudo debería) contratar un seguro para proteger sus pertenencias personales y su responsabilidad civil, el seguro que cubre daños estructurales o problemas mayores en el inmueble es responsabilidad del propietario. Al estar informado sobre qué gastos no deberías asumir como inquilino, te proteges de posibles abusos y te aseguras de que tu experiencia de alquiler sea justa y equitativa.

Los gastos derivados de la formalización del contrato, incluido el coste de redacción del mismo o cualquier tipo de gestión administrativa relacionada, no deben ser asumidos por el inquilino. Sin embargo, en la práctica, a veces es el inquilino quien asume estos gastos, especialmente si recurre a una agencia inmobiliaria. Es importante aclarar estos puntos antes de firmar el contrato. Ante todo, es fundamental mantener una relación cordial entre arrendador y arrendatario para que toda la duración del contrato, el trato entre ambos sea lo más agradable y amistosa posible. Aunque la vivienda no nos pertenezca, siendo inquilinos estamos en nuestro derecho de asumir o no determinados gastos.

Salir de la versión móvil