Por esto Hacienda no te ha hecho todavía la devolución de la renta

Descubre las razones por las cuales Hacienda aún no ha realizado tu devolución de la renta

Hacienda no te ha hecho todavía la devolución de la renta

Todavía se dispone de tiempo para realizar la declaración de la renta, concretamente hasta finales de junio. Algo que suele ocurrir de forma generalizada, es que la renta salga a pagar. En ese caso, el ciudadano se encuentra en la obligación de abonar a Hacienda la cantidad que corresponda. Es importante devolver esa cantidad de dinero en la mayor brevedad posible para evitar futuros percances con el organismo.

Por otra parte, también existe la posibilidad de que la renta te salga a devolver. Si ese ha sido el caso, Hacienda debe devolver el importe indicado. Esto se debe a que, en el momento de realizar la declaración, abonamos una mayor cantidad de dinero de la que correspondía en realidad. En ese caso, solamente debes esperar a que se te haga la devolución, no es necesario presentar ningún tipo de documentación ni recurrir a ningún trámite.

¿Cuánto tiempo puede pasar desde que te sale a devolver hasta que Hacienda realiza el pago?

En base a lo estipulado dentro del artículo 103 de la Ley del IRPF, el plazo en el que Hacienda puede devolverte el dinero es de 6 meses. Siempre y cuando estos sean tras el término del plazo establecido en la presentación de la declaración. Es decir, lo indicado es recibir la cantidad de dinero correspondiente a finales de año.

Hacienda no te ha hecho todavía la devolución de la renta
Hacienda no te ha hecho todavía la devolución de la renta

Cabe destacar que, normalmente, el dinero se llega a recibir mucho antes de estos 6 meses. Lo más común es percibirlo al paso de 1 o 2 meses. No obstante, si la declaración se ha llegado a realizar fuera del plazo estipulado, entonces sí que suelen llegar a pasar los 6 meses completos para la devolución. Por lo tanto, si la declaración se entrega un 1 de octubre, y esta sale a devolver, el dinero no aparecerá en nuestra cuenta hasta el 1 de abril del siguiente año.

La razón principal por la que Hacienda tarda todo ese tiempo en devolver el dinero, es que hay muchas personas en España que se encuentran en la misma situación. Aunque no es común que salga a devolver, no son solamente un par de personas las que van a recibir una devolución. Se trata de un proceso más largo y complejo porque la cantidad de personas a las que sale a devolver es bastante más elevada de lo que puede llegar a parecer.

Si se diera el caso de que ha pasado el plazo de 6 meses de los que dispone Hacienda para realizar la devolución, pero no has recibido aún el dinero, entonces el organismo tiene que pagar unos intereses especiales. Esta penalización se encuentra impuesta en la Ley General Tributaria, en donde figura que se debe aplicar a la cantidad pendiente a devolver, el interés por demora. Este varía dependiendo del año, en la actualidad es de un 4,06%.

Formas de realizar la declaración de la renta

Todavía nos encontramos dentro del plazo establecido para presentar la declaración de la renta a Hacienda. Por lo tanto, si aún no la has presentado, tienes varias opciones a escoger para hacerlo. Una de las más comunes, es entregarla cómodamente desde nuestro hogar. Esto es posible mediante la web de la Agencia Tributaria.

Si el problema radica en que no sabemos muy bien cómo llevar a cabo esta operación, pero no queremos acudir a un asesor financiero, podemos utilizar un programa que nos ayude. A día de hoy, existen diversos programas informáticos que han sido diseñados específicamente para poder realizar la declaración de la renta.

También se puede optar por la ayuda de un profesional, y contratar los servicios de un asesor fiscal. Con su ayuda podremos realizar la declaración de la renta, ya que este se encarga de guiarnos en la preparación y la presentación de la declaración a Hacienda.

A través de una llamada al organismo de Hacienda, también podemos realizar la declaración. No tendremos que acudir a una oficina física, simplemente necesitamos una cita telefónica y disponer de todos los datos necesarios para realizar el trámite en el momento de la llamada. Existe también la opción de entregar la declaración por medio del correo postal ordinario.

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