El único motivo por el que un despido puede acogerse a la jubilación anticipada en España

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo aclara que solo los despidos por reestructuración empresarial permiten el acceso a la pensión anticipada.

Si has sido despedido y te planteas solicitar la jubilación anticipada, debes saber que no todos los tipos de despido te dan derecho a esta prestación. Según una sentencia reciente del Tribunal Supremo, solo puedes jubilarte antes de tiempo si te han despedido por un cambio en la empresa que no depende de ti.

En este artículo te explicamos qué es la jubilación anticipada por despido, qué requisitos debes cumplir para acceder a ella, qué tipos de despido se consideran válidos y qué consecuencias tiene para tu pensión. También te contamos qué dice la sentencia del Tribunal Supremo que aclara el único motivo por el que un despido puede acogerse a la jubilación anticipada en España. Sigue leyendo y descubre cómo puedes beneficiarte de esta opción si has sido despedido por reestructuración empresarial.

Qué es la jubilación anticipada por despido y sus requisitos

La jubilación anticipada por despido es una modalidad de jubilación anticipada involuntaria o forzosa, que se concede a los trabajadores que han cesado en su actividad laboral por causas ajenas a su voluntad y que cumplen unos requisitos de cotización, edad e ingresos. Esta modalidad permite retirarse hasta cuatro años antes de la edad legal establecida. Los requisitos para acceder a esta jubilación son los siguientes:

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Conoce qué es la jubilación anticipada y los requisitos que debes cumplir para acceder a ella.

La cuantía de la pensión se calcula aplicando unos coeficientes reductores a la base reguladora correspondiente al trabajador. Estos coeficientes suelen oscilar entre el 1,875% y el 2% por cada trimestre adelantado, esto dependerá del tiempo cotizado.

Qué tipos de despido se consideran válidos para la jubilación anticipada

Es importante que tengas en cuenta que no todos los tipos de despido se consideran válidos para acceder a la jubilación anticipada por despido. Actualmente, la ley establece que para optar por esta jubilación, el despido debe producirse por una de estas causas: 

Sin embargo, una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha restringido aún más los tipos de despido que permiten el acceso a la jubilación anticipada por despido. La sentencia del Tribunal Supremo aclara el único motivo por el que puedes jubilarte antes es si te han despedido por un cambio en la empresa que no depende de ti.

Qué dice la sentencia del Tribunal Supremo sobre el único motivo válido para la jubilación anticipada por despido

La sentencia del Tribunal Supremo resuelve el caso de un trabajador que solicitó la jubilación anticipada por despido tras haber sido despedido por causas objetivas. El INSS le denegó la prestación al considerar que no se trataba de un despido por reestructuración empresarial, sino por una causa individual. El trabajador recurrió entonces ante los tribunales, pero el Tribunal Supremo le dio la razón al INSS.

Según el Tribunal Supremo, el único motivo por el que un despido puede acogerse a la jubilación anticipada por despido es que se produzca por una reestructuración empresarial, entendida como una modificación sustancial de las condiciones de trabajo o una reducción de plantilla que afecte a un número significativo de trabajadores. En estos casos, se presume que el cese en el trabajo es involuntario y que el trabajador no tiene posibilidades reales de reincorporarse al mercado laboral.

Sin embargo, si el despido se produce por una causa individual, como una disminución del rendimiento, una falta de adaptación a las modificaciones técnicas o una ineptitud sobrevenida, no se puede considerar que sea una causa no imputable al trabajador ni que le impida encontrar otro empleo. Por tanto, en estos casos, el trabajador no puede acceder a la jubilación anticipada por despido.

En conclusión, la  jubilación anticipada por despido es una prestación económica que permite a los trabajadores retirarse antes de la edad legal establecida, siempre que hayan cesado en su actividad laboral por causas ajenas a su voluntad y que cumplan unos requisitos de cotización, edad e ingresos. Sin embargo, no todos los tipos de despido dan derecho a esta prestación, ya que la Seguridad Social puede denegarla por diversos motivos.

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