El sistema de pensiones en España puede ser confuso y complejo, especialmente para aquellos que han trabajado en diferentes condiciones a lo largo de su carrera laboral. En este artículo, vamos a explicar cómo funciona la pensión de jubilación para aquellos que han trabajado tanto como asalariados como autónomos, y cuáles son las diferencias entre ambos sistemas.
En primer lugar, es importante entender que existen diferentes regímenes de la Seguridad Social en España, dependiendo de la forma en que el trabajador ha cotizado. En el caso de los trabajadores asalariados, el régimen general de la Seguridad Social es el que se encarga de gestionar su pensión de jubilación. Por otro lado, los trabajadores autónomos cotizan al régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
¿Qué régimen determina tu pensión de jubilación?
Lo primero que hay que saber es que cada régimen de la Seguridad Social tiene sus propias normas para calcular la pensión de jubilación. El Régimen General, al que pertenecen los trabajadores por cuenta ajena, tiene en cuenta el salario medio de los últimos 25 años (ampliable a 27 años en 2023) y el número de años cotizados para determinar la base reguladora, que es la cantidad sobre la que se aplica el porcentaje correspondiente según la edad de jubilación y los años cotizados.
El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), al que pertenecen los trabajadores por cuenta propia, tiene en cuenta la base de cotización elegida por el autónomo durante los últimos 25 años (ampliable a 27 años en 2023) y el número de años cotizados para determinar la base reguladora. El porcentaje aplicable es el mismo que en el Régimen General.
Cuando una persona ha cotizado en varios regímenes, se reconocerá la pensión en el régimen en el que esté de alta en el momento de la jubilación o el último en el que haya estado de alta. Si no se cumplen los requisitos para acceder a la pensión en ese régimen, se reconocerá la pensión en el régimen donde se haya cotizado más tiempo.
¿Puedes cobrar dos pensiones de jubilación?
Por norma general, solo se puede cobrar una pensión de jubilación, pero hay casos excepcionales en los que se puede cobrar dos pensiones por haber cotizado en dos regímenes diferentes. Para ello, es necesario cumplir las siguientes condiciones:
- Cotizar un mínimo de 15 años en cada régimen. Además, hay que haber cotizado al menos dos años durante los 15 años previos a la jubilación.
- Estar en situación de alta o asimilada al alta en cada régimen en el momento de acceder a la jubilación.
- En caso de no estar dado de alta en ambos regímenes, haber cotizado simultáneamente en ellos un mínimo de 15 años.
Si se cumplen estas condiciones, se podrá cobrar una pensión por cada régimen, siempre que no se supere el límite máximo establecido por la ley.
¿Qué puedes hacer para mejorar tu pensión?
Si has cotizado como asalariado y como autónomo, es posible que tu pensión no sea muy elevada, ya que dependerá de las bases de cotización que hayas tenido en cada régimen. Por eso, es importante planificar con antelación tu jubilación y tomar algunas medidas para mejorarla.
Una opción es ampliar el periodo de cotización, retrasando la edad de jubilación o compatibilizando la pensión con un trabajo a tiempo parcial. Otra opción es aumentar la base de cotización, especialmente si eres autónomo y has elegido una base mínima. También puedes optar por suscribir un plan de pensiones privado o un producto financiero que te permita complementar tu pensión pública.
En resumen, la pensión de jubilación cuando has sido asalariado y también autónomo en España depende de varios factores, como el régimen en el que te jubiles, el número de años cotizados y las bases de cotización que hayas tenido. En algunos casos, puedes tener derecho a cobrar dos pensiones, pero para ello debes cumplir unos requisitos muy estrictos. Por eso, es conveniente que te informes bien de tus opciones y que planifiques tu jubilación con tiempo, para poder mejorar tu pensión y disfrutar de una vejez digna.