El alquiler de vivienda en España se mantiene como una de las opciones de mayor rentabilidad al momento de invertir en el mercado inmobiliario, por lo que se tienen que tomar las previsiones necesarias para que la seguridad sea una constante al momento de arrendar un piso. Para ello existen mecanismos perfectamente dirigidos a conseguir la necesaria protección ante impagos de las rentas o ante cualquier incidencia con el arrendamiento de la vivienda.
Los seguros de impagos de alquiler representan un mecanismo capaz de entregar una excelente tasa de protección al momento de dar en alquiler una vivienda, pero evidentemente requieren del cumplimiento de ciertos requisitos para que los inquilinos puedan contratarlos. Para ello es importante disponer de los necesarios conocimientos relativos a este magnífico recurso inmobiliario conocido como seguro de impago de alquiler.
El seguro para la vivienda de alquiler
Cuando se trata del seguro de impago de alquiler se hace referencia a una póliza que permite garantizar el cobro de las rentas por parte del propietario. Con una amplia gama de coberturas que varían en dependencia de las necesidades y de los intereses de los inquilinos. Pero por regla general incluyen un cobro garantizado mes a mes hasta el límite establecido en la póliza del seguro, y de asesoría fiscal y legal ante una consulta referente a las obligaciones de las partes.
Incluye la activación del proceso de desahucio ante un caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas, y también es capaz de cubrir incidencias extraordinarias como actos vandálicos a la propiedad y desperfectos y daños a los objetos de la vivienda, lo que incluye el mobiliario y los electrodomésticos. Además de las diversas reclamaciones por el irrespeto a las normas legales y asesoría inmediata ante un problema con la comunidad de propietarios, entre otras.
Cobertura y precios de los seguros de alquiler de vivienda
Las compañías que ofrecen seguros de impagos de alquiler cubren rangos que van desde los seis hasta los doce meses de rentas impagadas, recordando que el precio del seguro dependerá de los meses de cobertura ofrecidos. A más cantidad de meses asegurados con respecto a las rentas del alquiler, mayor será el precio del mismo y viceversa, además del valor agregado que incluyen estos seguros con las demás posibilidades que ofrecen para las partes involucradas en el arriendo.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite que el propietario y el inquilino puedan llegar a un acuerdo sobre quien será el que asuma los gastos relacionados con la contratación de un contrato de alquiler. Aunque por regla general es el propietario quien paga el seguro, manejándose precios que evidentemente tienen variaciones de importancia, en dependencia de lo ofrecido y manteniendo costes de entre un 3% y un 5% de la renta anual de alquiler.
El seguro de impago de alquiler y sus requisitos
Los seguros de impagos de alquiler están atados a ciertos requisitos que deben cumplirse por parte del inquilino y dentro de ellos no se debe estar incluido en ningún tipo de registro de morosidad, disponer de un contrato laboral, un estudio que garantice una excelente solvencia económica y que se mantengan ingresos anuales por debajo del 45% del importe que implica la renta anual del alquiler de la propiedad.
Alquilando la vivienda de un modo rápido y seguro
El alquiler de un piso requiere de una serie de factores que deben planificarse para que todo se mantenga dentro de los límites y con ello lograr que las posibilidades de impagos no surtan su devastador efecto en el presupuesto de las partes involucradas. Y es aquí donde el seguro de impago de alquiler entrega una especial garantía a través de la cual tanto el inquilino como el propietario pueden eliminar la posibilidad de incidencias con la rentabilidad de la propiedad.
Si bien representa un gasto extra para el inquilino o para el propietario, es una estrategia que ofrece una incontable cantidad de posibilidades positivas para evadir el problema de un impago por parte del inquilino. Y adicionalmente incluye otras ventajas adicionales que van más allá de garantizar la renta mensual, lo que permite que el arrendador y el arrendatario se mantengan protegidos ante cualquier insolvencia económica que afecte el pago de la renta.