¿Cuántos años hay que cotizar para cobrar una pensión de incapacidad permanente?

Para acceder a la pensión de incapacidad permanente se deben cumplir unos requisitos generales y de cotización, que varían según el grado y la causa de la incapacidad.

La pensión de incapacidad permanente se puede clasificar en cuatro grados: parcial, total, absoluta y gran invalidez. Cada uno de ellos tiene unos requisitos y unas cuantías diferentes, que dependen de la base reguladora y el porcentaje que se aplica según el grado de incapacidad reconocido. Además, la pensión puede variar según la causa que origina la incapacidad: enfermedad común, accidente no laboral, enfermedad profesional o accidente de trabajo.

En este artículo vamos a explicar cuántos años hay que cotizar para cobrar una pensión de incapacidad permanente en España, según el grado y la causa de la incapacidad. También veremos algunos ejemplos prácticos para ilustrar cómo se calcula la pensión en cada caso.

Requisitos generales y de cotización para la pensión de incapacidad permanente

Para acceder a esta prestación se deben cumplir unos requisitos generales y de cotización, que varían según el grado y la causa de la incapacidad. Los requisitos generales son comunes para todos los grados de incapacidad permanente y consisten en estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta en algún régimen de la Seguridad Social, no tener la edad ordinaria de jubilación, salvo que se acceda a la incapacidad desde una situación de alta o asimilada sin obligación de cotizar, y haber sido dado de alta médicamente o haber agotado el plazo máximo de 365 días prorrogables por otros 180 días de incapacidad temporal.

cotizar incapacidad permanente
Para acceder a esta prestación se deben cumplir unos requisitos generales y de cotización.

Los requisitos de cotización dependen del grado y la causa de la incapacidad. Si la incapacidad deriva de enfermedad común o accidente no laboral, se exige un periodo mínimo de cotización que depende de la edad del trabajador. Por ejemplo, para una incapacidad permanente total se requiere haber cotizado al menos 5 años, de los cuales 3 deben estar dentro de los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha del hecho causante. Si la incapacidad deriva de enfermedad profesional o accidente de trabajo, no se exige ningún periodo mínimo de cotización.

Cuantía y cálculo de la pensión de incapacidad permanente

La pensión de incapacidad permanente es una prestación que se calcula en función del grado y la causa de la incapacidad, así como de la base reguladora y el porcentaje que se aplica. Estos dos últimos conceptos son fundamentales para entender cómo se determina la cuantía inicial de la pensión.

La base reguladora es el promedio de las bases por las que se ha cotizado durante un periodo determinado, que depende de la causa de la incapacidad. Si la incapacidad deriva de enfermedad común o accidente no laboral, se toma el promedio de las bases del mes anterior al hecho causante, es decir, el momento en que se produce la situación que origina la incapacidad. Si la incapacidad deriva de enfermedad profesional o accidente de trabajo, se toma el promedio de las bases del año anterior al hecho causante.

El porcentaje es el factor que se aplica a la base reguladora para obtener la cuantía inicial de la pensión. El porcentaje varía según el grado y la causa de la incapacidad:

En conclusión, la pensión de incapacidad permanente es una prestación que reconoce el derecho a una pensión vitalicia a los trabajadores que sufren una reducción o anulación de su capacidad laboral por enfermedad o accidente. Es importante tener en cuenta que se clasifica en cuatro grados: parcial, total, absoluta y gran invalidez. Cada uno de ellos tiene unos requisitos y unas cuantías diferentes, que dependen de la base reguladora y el porcentaje que se aplica según el grado y la causa de la incapacidad.

Salir de la versión móvil