Los trabajadores por cuenta propia que quieran acceder a la pensión de jubilación en 2024 tendrán que cumplir unos requisitos más exigentes que los actuales, ya que la edad legal de jubilación se incrementará dos meses respecto a 2023. Esto se debe a que el sistema de pensiones de la Seguridad Social está en proceso de reforma, y prevé un aumento progresivo de la edad de jubilación hasta 2027.
¿Qué requisitos tendrán que cumplir los autónomos para jubilarse en 2024? ¿Qué cuantía podrán cobrar? ¿Qué opciones tienen para adelantar o retrasar su jubilación? En este artículo te lo explicamos.
La edad legal de jubilación para los autónomos en 2024
La edad de jubilación es la que dice la ley para cobrar la pensión cuando dejas de trabajar, que depende de los años que has trabajado y pagado a la Seguridad Social. Esta edad se ha ido retrasando poco a poco desde 2013 y seguirá retrasándose hasta 2027, cuando sea de 67 años para los que hayan pagado menos de 38 años y 6 meses, o de 65 años para los que hayan pagado más de 38 años y 6 meses.
En 2024, la edad de jubilación para los que trabajan por su cuenta será de 66 años y 4 meses para los que hayan pagado menos de 37 años y 9 meses, o de 65 años para los que hayan pagado más de 37 años y 9 meses. Estos requisitos son los mismos que para los que trabajan por cuenta ajena, porque la ley no hace distinciones entre tipos de trabajo.
Para el cálculo de la edad de jubilación se tienen en cuenta los años cotizados en todos los regímenes, independientemente de su origen. Es decir, si un trabajador ha cotizado parte de su vida laboral como autónomo y parte como asalariado, se sumarán los años cotizados en ambos regímenes para determinar su edad de jubilación.
Las opciones de jubilación anticipada o demorada para los autónomos en 2024
Los autónomos que quieran jubilarse en 2024 tendrán la opción de adelantar o retrasar su jubilación, siempre que cumplan unos requisitos específicos. Estas opciones tienen sus ventajas e inconvenientes, ya que afectan a la cuantía de la pensión.
La jubilación anticipada es la posibilidad de acceder a la pensión de jubilación antes de la edad legal, con una reducción de la cuantía. Hay dos tipos de jubilación anticipada: la voluntaria y la involuntaria.
- La jubilación anticipada voluntaria se puede solicitar hasta dos años antes de la edad legal, siempre que se hayan cotizado al menos 35 años. La reducción de la pensión es de un 2% por trimestre si se han cotizado menos de 38 años y 6 meses, o de un 1,875% por trimestre si se han cotizado más de 38 años y 6 meses.
- La jubilación anticipada involuntaria se puede solicitar hasta cuatro años antes de la edad legal, siempre que se hayan cotizado al menos 33 años y se acredite una situación de cese involuntario en la actividad. La reducción de la pensión es de un 1,875% por trimestre si se han cotizado menos de 38 años y 6 meses, o de un 1,625% por trimestre si se han cotizado más de 38 años y 6 meses.
La jubilación demorada es la posibilidad de retrasar voluntariamente el momento de la jubilación más allá de la edad legal, con un incremento de la cuantía. La cuantía del incremento de la pensión se puede cobrar en un porcentaje adicional del 4% por cada año, una cantidad de dinero por cada año cotizado o una fórmula mixta.
En resumen, los autónomos que quieran jubilarse en 2024 tendrán que cumplir unos requisitos más exigentes que los actuales, ya que la edad legal de jubilación se incrementará dos meses respecto a 2023. La cuantía de la pensión dependerá de los años cotizados, la base reguladora y el porcentaje aplicado, y no podrá superar el límite máximo de pensión pública. Los autónomos tendrán la opción de adelantar o retrasar su jubilación, con una reducción o un incremento de la pensión, respectivamente.