La muerte de un progenitor es un hecho traumático que afecta profundamente a los hijos, tanto en el plano emocional como en el económico. Para paliar esta situación, el sistema de la Seguridad Social reconoce el derecho a una pensión de orfandad a los hijos de los fallecidos que cumplan una serie de requisitos. Se trata de una prestación económica que se abona mensualmente y que tiene como objetivo garantizar la subsistencia de los huérfanos.
La pensión de orfandad consiste en un porcentaje, el 20%, de la base reguladora del fallecido, por tanto, la pensión será tanto más alta cuanto mayor fuera el salario del progenitor. En este artículo te contamos los requisitos y las condiciones para acceder a esta prestación.
¿Quiénes pueden solicitar la pensión de orfandad?
Los hijos de los fallecidos que hayan cotizado a la Seguridad Social, sean o no beneficiarios de una pensión contributiva, tienen derecho a la pensión de orfandad. También se incluyen los hijos adoptivos y los acogidos. La pensión de orfandad se puede solicitar en cualquier momento, pero el derecho al reconocimiento de la prestación prescribe a los cinco años, contados desde el día siguiente al del fallecimiento del progenitor.
Para poder solicitar la pensión de orfandad, los hijos deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser menores de 21 años o mayores de esa edad con una discapacidad igual o superior al 65%. También pueden cobrar la pensión los mayores de 21 años y menores de 25 que no tengan ingresos propios superiores al salario mínimo interprofesional, siempre que no convivan con un cónyuge o pareja de hecho que tenga ingresos suficientes.
- No estar casados ni ser beneficiarios de otra pensión pública. En caso de matrimonio o convivencia, la pensión se suspende temporalmente hasta que se produzca la separación o el divorcio.
- No haber sido condenados por sentencia firme por la muerte dolosa del causante de la pensión.
¿Cuánto se cobra por la pensión de orfandad?
La cuantía de la pensión de orfandad depende de la base reguladora del fallecido y del número de huérfanos. Además, existen unos mínimos y unos máximos que se actualizan cada año.
La pensión de orfandad se calcula aplicando el 20% de la base reguladora del fallecido a cada huérfano, con un límite del 100% de dicha base para el conjunto de los beneficiarios. La base reguladora es el promedio de las bases de cotización del fallecido durante los últimos años, según el tipo de prestación que tuviera o le correspondiera.
La pensión de orfandad tiene unos mínimos y unos máximos que se actualizan cada año. En 2023, la pensión mínima de orfandad es de 208 euros al mes por cada huérfano menor de 18 años, y de 416 euros al mes por cada huérfano mayor de 18 años con una discapacidad igual o superior al 65%. La pensión máxima de orfandad es de 832 euros al mes por cada huérfano.
Esta pensión se abona en 14 pagas al año, una por cada mes y dos pagas extraordinarias en junio y noviembre. La pensión está sujeta al impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), salvo que el beneficiario sea menor de 18 años o tenga una discapacidad igual o superior al 33%.
La pensión de orfandad, un apoyo para los hijos de los fallecidos
En conclusión, esta prestación se trata de un porcentaje de la base reguladora del fallecido que se abona mensualmente hasta que el beneficiario cumpla los 21 años o los 25 en determinados casos. La pensión de orfandad tiene unos mínimos y unos máximos que se actualizan cada año.
La pensión de orfandad es un derecho que asiste a los hijos de los fallecidos que cotizaron a la Seguridad Social. Su finalidad es garantizar la subsistencia de los huérfanos y compensar la pérdida de ingresos que supone la muerte de un progenitor. Para solicitar la pensión de orfandad, los hijos deben cumplir una serie de requisitos y presentar la documentación necesaria ante el INSS.