La costumbre de pagar en efectivo ha sido común durante muchos años, sobre todo en transacciones más informales o en aquellos casos donde se busca una mayor discreción en la operación. El alquiler de viviendas no es una excepción. A lo largo de los años, muchos inquilinos y propietarios han optado por esta modalidad, ya sea por conveniencia, desconfianza hacia las entidades bancarias o incluso, en algunos casos, para evitar dejar rastro fiscal.
Sin embargo, en la última década, España ha experimentado cambios significativos en su legislación para combatir el fraude fiscal y el lavado de dinero, lo que ha llevado a reforzar la normativa y las restricciones en torno a los pagos en efectivo. En este contexto, se hace necesario revisar cómo la ley de viviendas aborda este tema y qué precauciones deben tomar tanto inquilinos como propietarios al optar por este método de pago. A continuación veremos si sigue siendo posible realizar el pago del alquiler con dinero efectivo y si se contempla dentro del marco legal.
Pago de la vivienda con dinero en efectivo: ¿Es legal o no?
Uno de los primeros aspectos a tener en cuenta en este sentido, y en general en todos los pagos en efectivo que realicemos, es que existe un límite sobre ellos. Es decir, según la ley española, desde 2012, se establece que no se pueden realizar pagos en efectivo por importes iguales o superiores a 2.500 euros en transacciones en las que al menos una de las partes actúe como empresario o profesional. Si ambos intervinientes son particulares, el límite se mantiene en 15.000 euros siempre que uno de ellos tenga su residencia fiscal fuera de España. Es decir, si el alquiler supera esta cantidad, no sería legal pagarlo en efectivo.
Por otro lado, tanto arrendador como arrendatario deben ser conscientes de la obligación fiscal que conlleva el alquiler. Si se pagase en efectivo, es esencial que se entreguen y conserven los recibos correspondientes que prueben el pago y, por supuesto, que el arrendador declare estos ingresos en su declaración de la renta. Pagar en efectivo sin un recibo puede dejar al inquilino en una situación vulnerable. Sin un registro bancario o un recibo del pago, podría ser complicado demostrar que se ha cumplido con el pago del alquiler en caso de disputa.
Ante estos inconvenientes, que afectan y vulneran especialmente al arrendatario, desde los organismos principales del Estado se ha llevado a cabo una nueva Ley sobre viviendas. En ella, se estipula claramente que ya no es posible realizar los pagos del alquiler con dinero en efectivo. Se trata de una medida que ha traído consigo bastante controversia y muchas críticas, pero que se ha creado con la idea de mantener los derechos de los inquilinos lo más intactos posibles. Por lo tanto, la forma de pagar el alquiler de nuestra vivienda debe ser por medio de una transferencia bancaria al arrendador, de manera que todo quede debidamente reflejado y no exista un margen por el cual se pueda perjudicar al inquilino.
De hecho, hay que tener en cuenta que, mediante el pago por transferencia del alquiler de la vivienda, el dueño de la misma se ve obligado a incluir esa fuente de ingresos en Hacienda. Esto nos brinda cierta tranquilidad como inquilinos, ya que de esta forma queda demostrado que realizamos los pagos pertinentes sin demora y que el arrendador no puede echarnos del inmueble sin un motivo de peso o sin vulnerar el contrato del alquiler.