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¿Qué pensión de jubilación sale ganando con la reforma Escrivá?

Te contamos cómo afecta el nuevo modelo a las diferentes modalidades de retiro anticipado.

by Keyla Hernández
11 de agosto de 2023 1:00 PM
in Noticias
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La reforma de las pensiones que ha impulsado el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, tiene como objetivo garantizar la sostenibilidad y la equidad del sistema público de jubilación. En este sentido, con esta reforma se introducen una serie de cambios que afectan a las condiciones y a las cuantías de las pensiones, sobretodo a las de jubilación anticipada.

La reforma Escrivá modifica los coeficientes reductores que se aplican a las pensiones por jubilación anticipada, es decir, los porcentajes que se descuentan de la pensión por cada año o trimestre que se adelanta el retiro. Estos coeficientes varían según el tipo de jubilación anticipada, el tiempo cotizado y la causa que origina el retiro. En este artículo te explicamos cómo quedan los coeficientes reductores tras la reforma y qué pensión de jubilación sale más beneficiada con el nuevo modelo.

Los nuevos coeficientes reductores para la jubilación anticipada voluntaria

La jubilación anticipada voluntaria es cuando un trabajador decide jubilarse antes de la edad que le toca, si cumple unas condiciones. Tiene que tener 63 años o más (o 61 años o más si tiene una discapacidad de al menos el 45%), haber trabajado al menos 35 años (o 33 años si tiene una discapacidad de al menos el 65%) y cobrar una pensión mayor que la pensión mínima que le tocaría al cumplir los 65 años. Estos son los nuevos coeficientes reductores:

reforma Seguridad Social beneficia jubilación anticipada
La reforma Escrivá modifica los coeficientes reductores que se aplican a las pensiones por jubilación anticipada.
  • Si se ha trabajado menos de 38 años y medio, se quita el 0,5% por trimestre (2% por año), lo que significa que se cobra un 16% menos si se adelanta la jubilación cuatro años.
  • Si se ha trabajado entre 38 años y medio y 41 años y medio, se quita el 0,475% por trimestre (1,9% por año), lo que significa que se cobra un 15,2% menos si se adelanta la jubilación cuatro años.
  • Si se ha trabajado entre 41 años y medio y 44 años y medio, se quita el 0,45% por trimestre (1,8% por año), lo que significa que se cobra un 14,4% menos si se adelanta la jubilación cuatro años.
  • Si se ha trabajado más de 44 años y medio, se quita el 0,425% por trimestre (1,7% por año), lo que significa que se cobra un 13,6% menos si se adelanta la jubilación cuatro años.

Estos porcentajes son más bajos que los anteriores, que eran del 2% por trimestre (8% por año) si se había trabajado menos de 38 años y medio, y del 1,875% por trimestre (7,5% por año) si se había trabajado más de 38 años y medio.

Los nuevos coeficientes reductores para la jubilación anticipada forzosa

La jubilación anticipada forzosa es cuando un trabajador se jubila antes de la edad que le toca, porque ha perdido su empleo por razones que no dependen de él, como un despido o el cierre de la empresa. Tiene que tener 61 años o más (o 59 años o más si tiene una discapacidad de al menos el 45%), haber trabajado al menos 33 años (o 31 años si tiene una discapacidad de al menos el 65%) y demostrar que el cese en el trabajo ha sido por esas razones. Estos son los nuevos coeficientes reductores:

  • Si se ha trabajado menos de 38 años y medio, se quita el 0,25% por trimestre (1% por año), lo que significa que se cobra un 8% menos si se adelanta la jubilación cuatro años.
  • Si se ha trabajado entre 38 años y medio y 41 años y medio, se quita el 0,24% por trimestre (0,96% por año), lo que significa que se cobra un 7,68% menos si se adelanta la jubilación cuatro años.
  • Si se ha trabajado entre 41 años y medio y 44 años y medio, se quita el 0,23% por trimestre (0,92% por año), lo que significa que se cobra un 7,36% menos si se adelanta la jubilación cuatro años.
  • Si se ha trabajado más de 44 años y medio, se quita el 0,22% por trimestre (0,88% por año), lo que significa que se cobra un 7,04% menos si se adelanta la jubilación cuatro años.

Estos porcentajes son más bajos que los anteriores, que eran del 1,625% por trimestre (6,5% por año) si se había trabajado menos de 38 años y medio, y del 1,5% por trimestre (6% por año) si se había trabajado más de 38 años y medio.

En conclusión, la reforma Escrivá ha supuesto una mejora en las condiciones y las cuantías de las pensiones por jubilación anticipada. La reforma ha modificado los coeficientes reductores que se aplican a las pensiones por cada año o trimestre que se adelanta el retiro, haciéndolos más favorables para los trabajadores. Sin embargo, hay una modalidad de jubilación anticipada que sale más beneficiada con el nuevo modelo: la jubilación anticipada forzosa con más de 44 años y medio cotizados, que permite jubilarse a partir de los 61 años con una reducción mínima de la pensión.

Tags: Pension

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