La pensión de viudedad es una prestación económica que se reconoce a las personas que han perdido a su pareja y que cumplen una serie de requisitos. Uno de ellos es haber estado casado o haber formado una pareja de hecho con el difunto. Sin embargo, ¿qué ocurre si no se ha dado este paso? ¿Existe alguna forma de demostrar el vínculo afectivo y económico sin estar casado ni registrado como pareja de hecho?
Si bien la pensión de viudedad suele estar asociada a la situación de haber perdido a un cónyuge, también hay casos en los que se puede acceder a ella sin estar casado. En este artículo, te explicamos todo lo que necesitas saber para cobrar la pensión de viudedad sin haber contraído matrimonio.
Requisitos que debes cumplir para solicitar la pensión de viudedad sin estar casado
En primer lugar, es importante destacar que para tener derecho a la pensión de viudedad sin estar casado, debes haber convivido de forma estable y duradera con tu pareja. Esto significa que debes acreditar que has mantenido una relación de pareja estable durante al menos 5 años antes del fallecimiento de tu cónyuge. Además, es necesario que hayan estado inscritos como pareja de hecho en el registro correspondiente. En caso de que esto no haya sido así, debes demostrar que cumplían todos los requisitos para estar inscritos como pareja de hecho.
De la misma manera, debes demostrar que no tienes ingresos propios superiores al 50% de la suma entre los ingresos tuyos y los de tu paraje fallecida en el año anterior a su fallecimiento.
Por otro lado, es necesario que tu cónyuge fallecido estuviera dado de alta en la Seguridad Social o fuera pensionista, así como también que hubiera cotizado un mínimo de 500 días dentro de los cinco años anteriores al fallecimiento o un mínimo de 15 años a lo largo de su vida laboral.
¿Cómo solicitar la pensión de viudedad sin estar casado?
Si se cumplen los requisitos para acceder a la pensión de viudedad sin estar casado, tendrás la posibilidad solicitarla siguiendo los mismos trámites que en el caso de estar casado. Para ello, debes presentar la documentación correspondiente ante la Seguridad Social y comenzar el trámite de manera presencial con cita previa o de manera online a través de la sede electrónica de la entidad.
Es importante tener en cuenta que, en caso de no estar inscritos como pareja de hecho, deberás aportar documentación adicional para acreditar la convivencia estable y duradera. En este sentido, se pueden presentar facturas conjuntas, contratos de alquiler o cualquier otro documento que demuestre la relación de pareja.
Otros documentos que pueden ser presentados como pruebas son los testimonios familiares, amigos o vecinos, documentos que acrediten la existencia de hijos comunes, declaraciones conjuntas del IRPF o certificados bancarios de cuentas compartidas.
¿Cómo se calcula la pensión de viudedad sin estar casado?
En caso de cumplir con los requisitos mencionados anteriormente, puedes acceder a la pensión de viudedad sin estar casado. Pero, ¿cómo se calcula la cuantía de la pensión en este caso?
La cuantía de la pensión de viudedad en caso de no estar casado se calcula en función de las cotizaciones que haya realizado tu pareja a la Seguridad Social. En este sentido, se tendrá en cuenta el periodo de tiempo en el que se mantuvo la relación de pareja estable y duradera.
También se consideran otros factores, como tu edad y el hecho de que tengas o no hijos a cargo. En general, la pensión de viudedad sin estar casado suele ser menor que la que se percibe en caso de estar casado, pero esto puede variar en función de cada caso particular.
En definitiva, cobrar la pensión de viudedad sin estar casado es posible siempre y cuando cumplas los requisitos necesarios. Es importante que estés informado de los trámites necesarios y cuentes con la documentación correspondiente para poder acceder a esta prestación. Además, es recomendable que te mantengas actualizado sobre los posibles cambios en la normativa y comunicar cualquier actualización de datos a la Seguridad Social para evitar posibles problemas en el cobro de la pensión.